Preguntas y respuestas sobre la situación del personal temporal interino y motivos de esta Sección Sindical

Presentamos esta serie de preguntas-respuestas con objeto de explicar la situación laboral del personal temporal en las Administraciones públicas y los motivos de esta Sección Sindical.

1. Siendo empleados públicos ¿por qué habláis de inestabilidad y temporalidad?

En la Administración pública existe una gran cantidad de personas con contrato temporal, como interinos o eventuales (un 23 % del total, uno de cada tres en sanidad a nivel nacional y uno de cada tres en el SESCAM según los datos que nos suministró el Transparencia de la Junta). En la práctica, el contrato interino es altamente precario: extiende su temporalidad durante décadas o es tan corto como días, no tiene indemnización por despido, concatena un número ilimitado de contratos, conlleva una movilidad muy alta (sancionada en listas si no se acepta), sufre despidos (amortizaciones) por recortes de presupuesto, etc.

Por esta carencia de derechos al no ser trabajadores fijos, todas las administraciones han abusado claramente de este tipo de contratación. La Unión Europea ya en 1999 y de forma más reciente en 2016 reprobó al estado por esta forma de actuar que contraviene el derecho laboral europeo con la aprobación de la Directiva 1999/70/CE que, agravada con los recortes de los últimos años, provoca una inestabilidad y temporalidad “perpetua” en cada vez un mayor número de trabajadores. También el Tribunal de Cuentas, en su informe de fiscalización de 2016, llamó la atención por el enorme número de contratos temporales que realiza el SESCAM.

2. ¿Por qué decís que hay personal en fraude de ley?

Teóricamente el contrato de interinidad debería tener como objetivo cubrir un puesto vacante temporalmente y su duración contractual no superar los 3 años (artículo 10 del TREBEP). Debido a la indefensión de este tipo de contrato, la Administración ha abusado extendiendo en el tiempo relaciones laborales de duración determinada para cubrir necesidades que realmente son de carácter estructural y permanente.

A grandes rasgos, en una empresa privada tras concatenar más de dos contratos o dos años como temporal, deben hacerte fijo. Lo contrario es un fraude laboral que atenderá el estado. Un agravio comparativo que no ocurre en lo público. Irónicamente, es el estado el empleador que más incumple y explota la temporalidad. Siendo el garante de que las empresas privadas cumplan sus obligaciones con la legislación laboral, es la propia Administración quien incumple dicha legislación de forma habitual con su personal.

Muchos trabajadores, lógicamente, llevan esta situación ante los tribunales (también muchos de nuestros afiliados). Las sentencias que los jueces están resolviendo indican que la Administración incumple la legislación laboral, al emplear trabajadores manteniendo una relación contractual temporal durante períodos que exceden claramente los años legales, dictando por tanto esta situación como fraude de ley.

Dependiendo del caso, estas sentencias suponen reconocer indemnizaciones, anular despidos y readmitir trabajadores despedidos, lo que puede generar un problema presupuestario para la Administración, dado el gran número de afectados. Esto ocurre debido a que, de facto, el trabajador debería tener ya reconocida su condición de fijo, y por tanto los derechos que de ello se deriva. El problema es la inseguridad e incertidumbre en la que nos encontramos al judicializar esta situación, ya que antes de su resolución podemos acabar en el paro, además de la irracionalidad e incertidumbre que supone empujar a cientos de miles de trabajadores al juzgado por el incumplimiento del estado de un derecho que es suyo.

En 2018, como resultado de las numerosas peticiones de ciudadanos sobre precariedad laboral y abuso de la relación de empleo temporal que recibió la Unión Europea, el propio Parlamento Europeo aprobó una resolución reconociendo la violación de la Directiva 1999/70/CE, instando a la conversión de trabajadores en esta situación a fijo, la concesión de indemnizaciones y la provisión presupuestaria para todo ello.

3. Si ya han anunciado oposiciones ¿por qué os quejáis? ¿Por qué las definís como “ERE encubierto”?

¿Se imagina que tras 5, 10 o 20 años trabajando con buenos resultados en su empresa –para más inri, como temporal– le dicen que a pesar de ello, tiene que hacer un único examen y que si lo suspende será despedido y sin indemnización? Pues eso es lo que está pasando con los interinos en Castilla-La Mancha y todo el país.

Tras las reprobaciones y amenazas de sanciones de la Unión Europea, el gobierno del PP pactó en 2018 con los sindicatos UGT, CCOO y CSIF reducir la temporalidad en la Administración hasta un 8% mediante OPEs. El problema es que esta “oferta” no es de personas, si no de plazas. Es decir, a los “firmantes de ese pacto” les da igual si alguien en una de esas plazas, experimentado trabajador/a en fraude de ley, se va al paro; solo les importa que la plaza cambie su estatus legal de interino a funcionario. No se genera empleo ni son plazas de nueva creación y puede provocar la expulsión masiva de personal muy valioso de la Administración pública por su gran experiencia, lo que afectará a la calidad de los servicios públicos.

Los trabajadores afectados a nivel nacional se calculan en unos 700.000. En estos próximos años se van a enfrentar a un proceso en el que tienen grandes posibilidades de quedarse en el paro. Como referencia, disponemos de datos de educación: entre un 70% y un 85% de los interinos no consolidan su plaza, muchos pese a aprobar la oposición. Son números como para definirlo como el mayor ERE encubierto. Esto ocurre porque las administraciones, más notablemente durante los últimos años, no han convocado las plazas necesarias: durante años ni siquiera se han cubierto jubilaciones o bajas, con la llamada tasa de reposición «cero» o se ha hecho de forma claramente insuficiente, por lo que ni se ha repuesto ni creado las plazas que se deberían generando falta de personal en todos los departamentos y regiones. Muchas personas que deberían ser fijas, no han tenido la oportunidad o no lo han conseguido por culpa de esta forma de actuar, acrecentándose el problema con los años. En algunos casos, como en informática del SESCAM, después de 30 años ni siquiera ha existido jamás un proceso selectivo, que ahora se convoca de manera masiva (más de la mitad de las plazas de interinos) y con estas condiciones.

Es muy posible además que en estos procesos selectivos que enfrenta el personal en fraude ley no se tenga en cuenta ni puntúe la experiencia del trabajador/a, ya que son procedimientos eliminatorios, en los que se tiene que pasar la criba del examen, que no significa «aprobar», si no que depende la nota de corte en función del número de plazas y resultados de los participantes.
Puedes tener un mal día (te juegas tu puesto de trabajo…) y en todo caso, los puntos de experiencia, dependiendo de la convocatoria, finalmente solo significan aproximadamente entre el 14% y el 22% del total del proceso.

Después de toda una vida profesional, por naturaleza, la situación personal de estos trabajadores/as no les permite preparar con fiabilidad un proceso de oposición, ya que los años de vida profesional y personal con más capacidad para ello los han pasado trabajando como temporales. Por disponibilidad, por edad, por situación familiar… no es justo que se enfrenten a este proceso: los jueces les reconocen como fijos y tener que demostrar que saben hacer lo que ya hacen todos los días en sus puestos de trabajo desde hace años es injusto, sin que además todo esto les asegure el mantenimiento de los mismos. El estrés e incertidumbre que genera este «todo a una carta» es enorme. Además queremos hacer notar que las mujeres están especialmente afectadas por esta situación: son el 71% del personal del SESCAM (mismo porcentaje que en educación y justicia).

Ante la precaria situación en la que nos encontramos, nos sumamos al eslogan que muchas plataformas de interinos defienden: “los que están, se quedan”. Proponemos, como medida mínima y urgente que nadie se vaya al paro. Por tanto pedimos que se paralicen o se saquen de los procesos selectivos las plazas ocupadas por interinos en fraude de ley y que se convoquen con plazas de nueva creación en la plantilla, reponiendo todas las plazas que no se han convocado durante tantos años y dimensionando correctamente las plantillas de los servicios públicos, mejorando su calidad asistencial y evitando el drama humano que significa mandar al paro a los trabajadores/as temporales en fraude de ley.

Por supuesto que estamos a favor de que cualquier trabajador/a opte al empleo público, pero ¿dónde ha estado ese derecho durante todos estos años para los interinos ya en activo y en fraude de ley?.

Ante la negativa de la Administración, a pesar de conocer estos hechos, se están intentado paralizar estos lesivos procesos, en Castilla-La Mancha por ejemplo, la Asociación de Profesionales de Informática Sanitaria de Castilla-La Mancha (APRISCAM) ha demandado la OPE cuya impugnación ha sido admitida a trámite.

4. ¿Y cómo se puede solucionar correctamente este problema de temporalidad?

Esta problemática situación generada por la Administración se puede solucionar de una forma totalmente legal, solo es necesaria iniciativa política. La propia Administración tiene herramientas para hacerlo, como los artículos 61.6 y 61.7 del TREBEP que estructuran un concurso extraordinario de méritos, cuyas condiciones se cumplen sobradamente y puede ejecutarse para que el personal en fraude de ley deje de serlo y tenga por fin estabilidad en su trabajo.

Este procedimiento ya ha sido articulado y respaldado por varias organizaciones políticas, debatido, solicitado, votado e incluso aprobado en parlamentos regionales por partidos políticos de diferente ideología, lo que demuestra su viabilidad. No supone un incremento de gasto, pues el mismo personal en activo es el que se mantiene. Se ahorrarían millones en indemnizaciones por juicios que a día de hoy ya está perdiendo la Administración pública y se evitaría el mayor coste de todos: que se expulse de los servicios públicos a trabajadores con una enorme experiencia y buen hacer después de tantos años de su vida dedicados al servicio público.

5. ¿Y cómo afecta esto a la calidad y privatización de la sanidad?

La vía privatizadora de los servicios públicos es conocida en todo el país desde hace años. En el caso sanitario hay varios modelos que avanzan en la privatización de la provisión de servicios sanitarios, no solo la privatización directa (hospitales privados) también la privatización de la gestión y la privatización “por piezas” que por ejemplo conocemos en Castilla-La Mancha: ambulancias, informática, pruebas médicas externalizadas, administración, limpieza, cocina, etc…

Los datos son claros: la gestión privada es más cara y de peor calidad que la pública. Incluso hay indicios, por ejemplo en Madrid, de que la motivación de esta gestión tiene mucha relación con la corrupción, con pruebas claras de su ineficacia. La sanidad pública está siendo despiezada, generando una alta dependencia de la empresa privada, cuyo propósito último no es la provisión de salud, sino los beneficios (además que, como suele pasar, si les va mal, el estado acude al rescate de estas empresas). Se sustituye inversión pública y personal público por la empresa privada, cuya dependencia de estas se agrava progresivamente aún más, empeorando la calidad de la atención.

Como trabajadores públicos sanitarios creemos en la sanidad pública. Vivimos en nuestro día a día los resultados negativos de privatizaciones y recortes y estamos en contra, como la mayoría de la población, de estos procesos. Si queremos mantener la calidad de nuestra sanidad universal, debemos defender lo público.

Ponemos un ejemplo reciente: el SESCAM elabora un pliego de 17,8 millones de euros para contratar a 62 técnicos informáticos vía empresa privada. En el mismo pliego se expone un informe donde, literalmente, habla de “insuficiencia de medios” en los servicios informáticos. Irónicamente el personal informático, con una tasa de temporalidad del 75% mantenida durante décadas, que se está enfrentando a un proceso que les puede llevar al paro, es testigo de cómo se expulsa al personal público con años de experiencia, cuyo trabajo se compensa con empresa privada, donde además el futuro de estos compañeros es igual de inestable que el nuestro. Solo es un ejemplo. Este tipo de actuaciones y maltrato son tristemente habituales.

6. ¿Y en qué ayuda esta Sección Sindical?

Pensamos que la acción sindical nos dota de nuevas posibilidades complementarias, como medidas de presión efectivas (paros y huelgas), recepción de información, colaboración con otros sindicatos y organizaciones, representación en mesas y comunicación oficial como representación de los trabajadores.

Tras décadas de incertidumbre, compañeros del servicio de informática del SESCAM decidimos iniciar esta sección. Durante este tiempo agotamos todas las vías a través de otros sindicatos y comunicación con nuestros superiores y la Administración. A pesar de ello las decisiones que el SESCAM ha ido tomando son claramente lesivas para los trabajadores temporales. Afiliados de la sección también participamos activamente en la asociación APRISCAM.

7. ¿Por qué Solidaridad Obrera? ¿No quedaré desprotegido laboralmente?

El sindicato Solidaridad Obrera comparte y apoya a los trabajadores ante la situación explicada en este texto. Nos ofrece independencia y una estructura sindical para esta sección en el SESCAM. Es un sindicato estatal, por lo que dispondrás de abogados, compañeros/as y sedes. Compartimos además su forma de acción sindical: asambleario, independiente, sin subvenciones y sin liberados. De esta forma actuamos con “acción directa” y sin presiones políticas de ningún tipo, siendo los propios trabajadores los que defienden sus derechos sin intermediarios, manteniendo por tanto la acción sindical en contacto directo con el trabajo.

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